La resolución, emitida este jueves por el juez en lo Criminal y Correccional 27 Alberto Baños, sobreseyó a Fischberg y Geiler por “prescripción de la causa” basándose en la primera imputación que era por “estrago doloso” por el incendio.
Habilitado en 2001 para cinco máquinas, en el taller de Luis Viale 1296 trabajaban y vivían 64 personas que compartían un solo baño donde sólo había agua fría. “El escrito menciona que luego la carátula pasó a ‘reducción a servidumbre’ y argumenta que no hay pruebas para certificar que estas personas, que eran los dueños del inmueble y además compraban la producción para sus marcas, supieran las condiciones de trabajo”, explicó a Télam Gabriel Chamorro, abogado de los familiares de las víctimas.
Fuente: http://www.telam.com.ar/notas/201905/359103-sobreseimiento-duenos-taller-clandestino-incendio.html